Declaración de la actual (2024) vicepresidenta del Gobierno de España, **María Jesús Montero Cuadrado**_: > “Los daños producidos por poblaciones de termitas no son competencia directa de la Consejería de Salud, en  cuanto a que no afectan a la salud humana, siendo un problema que incide directamente sobre **la seguridad de las viviendas o edificios** cuando la actividad de las termitas afecta a las estructuras de los mismos. > > El diagnóstico de situación se lleva a cabo por técnicos especializados en control de plagas y por técnicos en urbanismo para comprobar la afectación de los edificios. Habitualmente en la resolución del mismo **se implica** el **ámbito de competencia** **municipal**, ya que **los termiteros se extienden bajo el subsuelo sobrepasando los** **límites de la propiedad privada.” (**BOPA núm. 274 Andalucía 8 septiembre 2005 Pág. Núm. 16.29) Por otro lado en conformidad con la **Norma UNE 56418:2016 de AENOR,** los afectados tienen la **obligación** de poner en conocimiento a su ayuntamiento de la presencia de termitas en sus propiedades de forma que -el propio ayuntamiento- se pueda **activar un protocolo de intervención global.** Se ha de tener en cuenta que las termitas subterráneas son **plaga urbana**, utilizando terreno público para expandirse, no siendo visible su actividad desde el exterior. Por otro lado, las termitas afectan directamente la **habitabilidad** de las viviendas, por cuanto pueden llegar a producir daños físicos hacia las personas que las habitan cuando se dan las circunstancias de que las estructura de las propiedades son de madera. Como precedentes **disponemos en España más de 80 Ayuntamientos que han asumido esta responsabilidad.**