Actualización del Código Administrativo de Florida 5E-2.0311, "Estándares de Desempeño y Condiciones de Prueba Aceptables para Tratamientos Preventivos contra Termitas para Construcciones Nuevas" I.b.4. Pruebas con sistemas de cebo para termitas en edificios sin infestación de termitas subterráneas. Las pruebas que utilizan estaciones de cebo a.i. colocadas alrededor de un edificio(s) o estructura(s) deben instalarse y mantenerse de acuerdo con las instrucciones de la etiqueta. Si las termitas comienzan a infestar cualquiera de los edificios o estructuras de ensayo, los datos de los resultados deben mostrar un cese del 100% de la actividad de las termitas en el edificio o edificios de la colonia de termitas identificada inicialmente como infestante de la estructura, y también un cese del 100% para posibles infestaciones simultáneas o posteriores por otras colonias, para al menos el 90% al 100% de los edificios de ensayo en los 12 meses siguientes a la primera infestación descubierta. En las pruebas se deben instalar estaciones de cebo para termitas alrededor de los edificios o estructuras, además de monitores independientes de termitas no cebo (monitores en el suelo o sobre el suelo) colocados alrededor y dentro de los edificios de prueba sin infestación de termitas subterráneas. Todos los edificios y estructuras de prueba deben tener actividad comprobada de termitas subterráneas en el suelo a 3,1 metros (10,0 pies) o menos de la(s) estructura(s) de prueba antes de comenzar la prueba. Los resultados de la prueba deben mostrar un cese acumulativo del 90% al 100% de la actividad de las termitas subterráneas en al menos el 90% al 100% de todos los monitores independientes de termitas no a.i. activos en un plazo de 12 meses después de la alimentación inicial de las termitas en matrices de cebo a.i. que se colocaron fuera de la(s) estructura(s), además de los monitores de termitas no a.i.. Durante toda la duración de la prueba, las estaciones de cebo (a.i.) y los monitores de termitas (no a.i.) deben ser evaluados regularmente (al menos cada 3 meses) para la alimentación de termitas utilizando los requisitos delineados en la sub-sección I.b.3. I.b.4.(a). Cuando se evalúen los monitores de termitas y los edificios y estructuras de prueba libres de termitas en los que no se hayan detectado termitas o en los que se hayan eliminado las termitas en el suelo inmediatamente adyacente a los edificios o estructuras, no puede haber nuevas infestaciones en ninguno de los edificios o estructuras de prueba durante al menos 5,0 años después del cese de la actividad de las termitas tras la alimentación inicial de las termitas en las estaciones de cebo activo formulado instaladas en el exterior, según lo verificado mediante inspecciones visuales y con instrumentos u otro(s) dispositivo(s) de detección. La ausencia o presencia de actividad de termitas se verificará mediante una combinación de inspecciones visuales y con instrumentos u otros dispositivos de detección y técnicas de inspección para delinear las ubicaciones de nuevas infestaciones activas de termitas, tal como se describe en la subsección I.b.3 (a). Fuente: Normas de funcionamiento y condiciones de ensayo aceptables para los tratamientos preventivos con termiticidas e insecticidas, los sistemas de cebado de termitas y las barreras físicas para estructuras nuevas o edificios en construcción (antes de la construcción; durante la construcción; después de la construcción). Bradford M. Kard1, *, Faith M. Oi2 , Barbara L. Thorne3 , Brian T. Forschler4 , y Susan C. Jones5 https://bioone.org/journals/florida-entomologist [[024.104.0308.pdf]]